La invitación ya fue enviada a los jefes de bloque de la Legislatura: el martes próximo a las 11 deben reunirse en la comisión de Labor Parlamentaria, y en el curso de esa semana -probablemente el viernes- designarán en el recinto de Muñecas 951 al nuevo vocal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT).
El bloque oficialista y sus aliados tienen los votos necesarios para formalizar al sucesor del vocal Antonio Gandur, fallecido el 29 de diciembre pasado.
Sólo resta que el gobernador Juan Manzur le envíe al vicegoberandor, Osvaldo Jaldo, el pliego con el candidato propuesto para la cobertura de esa vacante.
Hay dos abogados del equipo del mandatario que asoman como candidatos, según confirmaron fuentes del Gobierno: Daniel Leiva, fiscal de Estado; y Federico José Nazur, asesor del Gabinete provincial con rango de secretario.
Se trata de dos funcionarios de carrera, cuyas figuras crecieron a partir de la llegada de Manzur y Jaldo a la conducción de la Provincia.
La cuestión no está resuelta. De hecho, en las primeras horas del viernes había tomado fuerza el nombre del camarista civil Benjamín Moisá.
Si llegara a haber un “tapado”, no se filtró desde la Casa de Gobierno. En la sede legislativa estiman que el pliego con el postulante propuesto por el gobernador llegará al edificio de Muñecas 951 antes de que comience la reunión de Labor Parlamentaria.
A partir de entonces empezará a funcionar la maquinaria institucional necesaria para completar las sillas del máximo tribunal.
Mecanismo
La cobertura de esos cargos no está alcanzada por los concursos del Consejo Asesor de la Magistratura (CAM). El artículo 101 de la Constitución provincial, en el inciso 5º, establece que es un atributo del jefe del Poder Ejecutivo nombrar a los jueces de la Corte Suprema tucumana, “con acuerdo de la Legislatura”.
Antes de que el nombre sea sometido a votación nominal en el recinto -alcanza con mayoría simple, y el PJ y sus aliados totalizan 39 bancas de 49-, el pliego debe ser analizado por la comisión de Peticiones y Acuerdos.
Este grupo está presidido por la legisladora oficialista Sandra Mendoza de Orellana. Lo completan otros cuatro oficialistas, Daniel Herrera (vicepresidente), Sara Assán, Marcelo Caponio y Zacarías Khoder; y dos opositores, el peronista de Cambiemos Silvio Bellomio (secretario) y el macrista Alberto Colombres Garmendia.
Aunque los aliados de la Casa Rosada no reúnen los votos para frustrar la designación del candidato de Manzur, sí podrán hacer uso de la facultad de emitir un dictamen de minoría, en caso de que se inclinen por el rechazo.
Reglamento
El reglamento interno de la Legislatura ordena además a la comisión de Peticiones y Acuerdos el análisis de una serie de documentación relativa al aspirante: prontuario policial, informe de la Corte Suprema sobre los juicios registrados en los que el candidato propuesto se hubiera desempeñado como actor o demandado y el historial de cargos en los tribunales -si los tuviere-.
Además, la Legislatura debe requerir datos al Registro Inmobiliario “sobre las inhibiciones o embargos” que pudieran existir.
Por su parte, el Colegio de Abogados (de la Provincia y del Sur) deberá comunicar sobre la inscripción profesional del letrado, además de las “denuncias recibidas y/o sanciones que le hubieren sido impuestas con motivo del ejercicio profesional”.
La comisión también debe consultar a entidades bancarias oficiales -la Caja Popular, por lo general- sobre “deudas contraídas” y “su cumplimiento”.
El CV, una condición
El abogado postulado para el cargo deberá presentar su curriculum vitae y copia autenticada del título universitario analítico. “Su no presentación podrá provocar el rechazo del acuerdo”, dice el reglamento de la Legislatura.
Una vez cumplidos estos pasos, el candidato del PE “deberá ser citado por lo menos una vez a comparecer en persona a una reunión de la comisión de Peticiones”.
Allí deberá exponer ante los miembros y legisladores los que asistan como oyentes acerca “de su sistema de valores, sus conocimientos jurídicos y sus convicciones democráticas”.
El objetivo es “apreciar su vocación por la magistratura y discernimiento jurídico en el fuero para el que haya sido propuesto”.
Los requisitos para integrar la Corte son: tener ciudadanía en ejercicio y domicilio en la provincia; ser abogado con título de validez nacional; y haber cumplido 40 años, con al menos 15 años de ejercicio en la profesión libre o en la magistratura.
fuente: losprimeros