Producto de la crisis económica y como consecuencia de los reiterados aumentos, el Gobierno autorizó a las prepagas a ofrecer planes parciales de cobertura médica que sólo incluyen prácticas ambulatorias o de internación pero no garantizan el 100% de las prestaciones.
La medida se hizo a pedido de Swiss Medical, pero tiene un alcance general. Ahora, la Superintendencia deberá reglamentar la instrumentación de dichos planes.
A través del Boletín Oficial, la Superintendencia de Servicios de Salud dispuso un “Plan parcial de cobertura prestacional ambulatoria, que incluye Consultas Médicas, Medicamentos, Estudios y Prácticas de Baja Complejidad y Estudios y Prácticas de Alta Complejidad, con los mismos alcances que aquellos contemplados en la Ley n° 26.682”.
Esta normativa es la que actualmente regula la medicina prepaga y que les exige cubrir, como mínimo, el Programa Médico Obligatorio vigente y el Sistema de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad.
En esta misma línea, se autorizó el plan de cobertura parcial denominado “Plan parcial de internación” que incluye Emergencias Médicas en domicilio y Guardia, Internación Clínica y Quirúrgica y Medicamentos en Internación.
Lo planes de coberturas parciales solo se podrán ofrecer en servicios odontológicos exclusivamente; servicios de emergencias médicas y traslados sanitarios de personas; aquellos que desarrollen su actividad en una única y determinada localidad, con un padrón de usuarios inferior a 5 mil.
A su vez, se autorizó a una Comisión Permanente, constituida por tres representantes del Ministerio de Salud y tres del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a proponer nuevos planes de coberturas parciales
Así, las prepagas podrán ofrecer planes más baratos, que no contemplan el 100% de la cobertura médica. Producto de la crisis económica, el incremento reiterado de las cuotas y la diminución del poder adquisitivo, las obras sociales han ido perdiendo afiliados.
El último aumento se autorizó a fines de mayo y fue del orden del 17,5%. Desglosado, el primer aumento, del 5,5%, regirá a partir del 1 de julio. Otro 6% se sumará desde el 1 de agosto y el tercero, también del 6%, regirá a partir del 1 de septiembre.
Si se tiene en cuenta las variaciones desde mayo del 2018, en total fueron cinco los aumentos efectuados: 7,5% en junio, 7,5% en agosto, 8% en octubre, 8,5% en diciembre y 5% en febrero.
FUENTE:LOSPRIMEROS