El Ministerio Pupilar y de la Defensa de Tucumán extendió la vigencia de la Feria Judicial Extraordinaria por razones sanitarias desde el 26 de abril hasta el 10 de mayo de 2020 inclusive. La resolución 65/2020, firmada por el Ministro Pupilar y de la Defensa, Doctor, Washington Héctor Navarro, advierte que esta resolución “podrá ser modificada o dejada sin efecto si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaran”.
El documento prevé la modalidad de trabajo de las Defensorías de Niñez, Adolescencia y Capacidad Restringida, Civil, Comercial y del Trabajo y Penales de los Centros Judiciales de Capital, Concepción y Monteros. También afecta a parte del personal para cumplir tareas conforme a la modalidad con que se viene desarrollando. El resto del personal debe mantenerse a disposición y en guardia pasiva conforme a las necesidades del servicio y sujeto a una eventual convocatoria.
Asimismo se detallan los horarios de atención de cada Defensoría y la modalidad de emisión de turnos para la presentación de casos nuevos.
La medida se adoptó en el marco de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por los gobiernos nacional y provincial y por las anteriores resoluciones dictadas por el MPD incluido el anuncio presidencial de extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio del 25 de abril pasado.
Entre los fundamentos se resalta el aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el gobierno nacional el 20 de marzo pasado que determinó “la obligación de abstenerse de concurrir a los lugares de trabajo y la obligación de permanecer en la residencia en que se realizará el aislamiento”.
También recuerda que el Ministerio Pupilar y de la Defensa dictó varias resoluciones en las que adoptó medidas para contrarrestar los efectos de la pandemia en el personal y en los usuarios del servicio de justicia. Entre ellas enumera el protocolo de prevención para los agentes que regresen de viaje; la declaración de la Feria Judicial Extraordinaria desde el 17 de marzo de 2020; el establecimiento de trabajo a través de medios tecnológicos para no asistir a los lugares de trabajo y la preservación del personal que esté incluido en los grupos de riesgo. (Resolución en
https://www1.justucuman.gov.ar/archivos/posts/814/1587935641.pdf)
fuente: LOSPRIMEROS