El ex edil planteó la nulidad de su expulsión del Concejo Deliberante de Monteros.
La Sala III Cámara en lo Contencioso Administrativo, con las firmas de Sergio Gandur y de Ebe López Piossek, consideró que la decisión del Concejo Deliberante de Monteros, de licenciar, suspender y expulsar del cargo de edil a Raúl Hernán Aldonate fue tomada “conforme al ordenamiento jurídico vigente y dentro de los límites propios de la actividad discrecional”. De esta manera, la Justicia no hizo lugar al planteo del ex concejal, de nulidad de las resoluciones y su reintegro al cuerpo legisferante. “No se ha demostrado la existencia de alguna arbitrariedad, comportamiento irrazonable o desviación de poder de la autoridad administrativa”, señala la resolución judicial, con fecha del lunes pasado.
Como se recordará el 6 de junio de 2020, “Tuco” Aldonate se reunió en su domicilio para festejar su cumpleaños junto a un grupo de amigos. Según se supo, una enfermera del Hospital Lamadrid subió en su muro de Facebook fotos de los automóviles que se encontraban estacionados en un espacio contiguo a su casa y por la música que escuchaba concluyó que transcurría una fiesta. La noticia rápidamente trascendió en las redes sociales instalándose que se encontraba festejando su cumpleaños con muchas personas.
Ese día, el Ministerio Público Fiscal inició una investigación por presunta violación del artículo 205 del Código Penal, caratulada “Aldonate, Raúl Hernán s/ violación de medidas contra epidemias”. Por esta razón, el Concejo Deliberante dispuso su licencia sin goce de sueldo y luego la suspensión en el cargo. Posteriormente lo expulsó.
El 29 de octubre Aldonate inició una acción de amparo contra el Concejo monterizo y solicitó que se declare la nulidad de las resoluciones 34, 35 y 44 -por las que se dispuso su licencia, suspensión y ulterior expulsión-, requiriendo su reincorporación al puesto.
La Justicia consideró: “queda claro que no obran elementos suficientes para patentizar que el acto de cese en las funciones de concejal de Aldonate se encuentre afectado de causal generadora de nulidad”.
“La remoción del concejal fue realizada en un todo de acuerdo a los procedimientos que fijan las leyes, respetando el derecho de defensa y en base a los antecedentes que fueron comprobados al momento de su emisión”, sostuvo para rechazar la demanda del ex concejal.
fuente:lagaceta