En caso de que en el desarrollo de la pesquisa surjan indicios para imputar a un legislador, se deberá realizar un pedido ante el juez competente para que solicite el desafuero o destitución a la Legislatura.
En este caso de aplicacion el articulo 64 de la Constitucion Provincial que textualmente dice:
Art. 64.- Cuando un juez considerare que hay lugar a la formación de causa en materia
penal contra un legislador, lo comunicará a la Legislatura y solicitará, en su caso, el
desafuero.
Ante el pedido de desafuero formulado por un juez, la Legislatura deberá pronunciarse,
concediéndolo o denegándolo, dentro de los quince días de recibido.
Si pasare este tiempo sin que haya pronunciamiento, se entenderá concedido. La
denegatoria deberá ser fundada, votada nominalmente por lo menos por veinticinco
legisladores, y dada a publicidad dentro de los cinco días, por la prensa local, con las
razones de la denegatoria, y nombres de los legisladores que así decidieron.
El desafuero implica el total sometimiento a la jurisdicción, pero no involucrará, por sí
solo, ni la destitución ni la suspensión.
Ese mismo día, el expediente fue recibido en la fiscalía I de Delitos contra la Integridad Sexual que conduce María del Carmen Reuter. Al percatarse de quién era el denunciado, remitió a la causa a la fiscal regional Mariana Rivadeneira. El nuevo Código Procesal Penal establece que la investigación contra un parlamentario debe ser realizada por los jefes de los fiscales.
Acto seguido, la jueza Fanny Siriani autorizó a que se investigara a Palina por el caso, y estableció que la investigación debía realizarse en dos meses. Ese plazo podría extenderse si la fiscal solicitara una prórroga.
En la resolución, la magistrada dio una larga explicación jurídica sobre por qué había autorizado a abrir la investigación en contra del legislador, citando las normas del Código Procesal Penal y todos los tratados internacionales que castiga los delitos de género.
Se trata de una pericia en la que profesionales, a través de entrevistas, procuran descubrir a través de su palabra lo que sucedió. Todas las partes pueden participar de la medida y hasta aclarar algunos puntos que se crean convenientes. Luego los profesionales elaboran un informe que debe ser analizado por la fiscala.