Comprende obligaciones tributarias vencidas y exigibles al 30 de abril del 2023 de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, para la Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, CISI – Comunas Rurales, Automotores y Rodados, Tasa al Uso Especial del Agua y Tasas Retributivas de Servicios, incluyendo sus intereses, recargos y multas.
La Dirección General de Rentas de la Provincia informó la prórroga del Plan de Facilidades de Pago que se encuentra vigente hasta el 30 de septiembre.
Daniel Altoni, jefe del Departamento Técnico Tributario de la DGR, explicó que “nuevamente el Poder Ejecutivo prorrogó el plan de facilidades de pago que estaba vigente hasta agosto, prorrogándolo hasta el 30 de septiembre. Esto va a incluir las deudas que venzan hasta el 30 de abril del 2023 de todos los tributos cuya percepción, fiscalización y control se encuentren a cargo de la DGR”.
ntre las características principales del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales, dictado en uso de las facultades previstas por los artículos 43 y 90 del C.T.P, destacan:
Deudas comprendidas: Obligaciones tributarias vencidas y exigibles al 30/4/2023 de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, para la Salud Publica, Sellos, Inmobiliario, Cisi Comunas Rurales, a los Automotores y Rodados, Tasa al Uso Especial del Agua y la Tasa Retributiva de Servicios y Tasa de Justicia incluyendo sus intereses, recargos y multas. Vigencia para el acogimiento: hasta el 30/09/2023.
Modalidad para el acogimiento: Únicamente a través de la página Web de la DGR y mediante el uno de clave fiscal otorgada por la AFIP.
Condiciones: tener cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operen a partir del 1/5/2023 hasta el momento del acogimiento al plan.
Es decir, los anticipos 4-5-6-7 y 8/23 de los impuestos sobre los Ingresos Brutos y para la Salud Pública, y las cuotas 5-6-7-8 y 9/2023 de los impuestos Inmobiliario y a los Automotores y Rodados.
Beneficios:
– Intereses: Reducción del 100% de los intereses devengados con anterioridad al 31/12/2020.
Asimismo se prevén las siguientes reducciones:
70% por pago al contado, 50% mediante pagos parciales y 60% mediante pagos parciales cuyos vencimientos operen hasta el mes de febrero de 2024, inclusive.
Multas:
Importantes beneficios de reducción y remisión según el estadio procesal en que se encuentren. Respecto de las prórrogas anteriores se incrementan beneficios de reducción.
Cantidad e importe de pagos parciales o cuotas:
El vencimiento del primer pago parcial opera el 16/10/2023.
Felipe Carrizo de la División Normas Tributarias del Departamento Técnico Tributario de la DGR informó: “La DGR pone a disposición su sitio web donde puede realizar un sin número de trámites como el acogimiento al plan de facilidades de trámites con su CUIT y Clave Fiscal. También el contribuyente puede imprimir las respectivas boletas de pago para cumplir con la condición o emplear los botones de pago. O, inclusive, imprimir boletas y dirigirse a las bocas de cobranza como Banco Macro, Banco Santiago del Estero, Caja Popular de Ahorro, Rapi Pago y Pago Fácil.
Otra facilidad a disposición, respecto del impuesto Inmobiliario y de Automotores y Rodados es que pueden hacer el pago sin tener la boleta física en una sede de Rapi Pago o Pago Fácil indicando el impuesto que deseen pagar, la cuota y el número de padrón o dominio.
Para concluir, desde la DGR recuerdan a los contribuyentes el beneficio con el pago a través de sesión de haberes o débito en caja de ahorro o cuenta corriente, de un 8,33% en cada cuota que abonen a través de esos medios. Y la bonificación del 100% de la cuota 12 cuando se pagan en tiempo y forma las 11 primeras cuotas de los impuestos Inmobiliario y a los Automotores y Rodados.
También en la web se pueden realizar un sin número de trámites como la presentación de expedientes a través de nuestra Mesa de Entradas Virtual, presentaciones de Declaraciones Juradas de impuestos Ingresos Brutos, Salud Pública y Sellos, esto se realiza a través de la modalidad aplicativos webs.
FUENTE:COMUNICACIONTUCUMAN