En la actualidad, son muchos los usuarios que poseen una tarjeta de débito. Lo que pocos saben es qué sucede si los depósitos mensuales sobrepasan este límite.
Cada tanto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualiza los montos que se pueden tener en la tarjeta de débito y también en las billeteras virtuales, sin declarar ningún tipo de impuesto.
Hasta el semestre anterior, AFIP dispuso que el monto máximo del que se podía disponer en la cuenta de débito era de $90.000 pero a medida que la inflación fue creciendo, este número debió ser modificado y en la actualidad, es de $200.000 según el comunicado por la Resolución General 5348/2023.
Si bien AFIP no está detrás de cada ciudadano persiguiéndolo con una lupa sobre el bolsillo, si lo lo hace con los bancos. Es por esto que los mismos tienen registro de absolutamente todos los movimientos de cada cuenta bancarizada que se encuentre dada de alta en cada entidad financiera.
A modo de incrementar la seguridad e inclusive evitar el lavado de dinero, de ser necesario, AFIP realiza conexiones con distintos bancos para hacer seguimiento de las transferencias y sus destinos.
Esto sucede debido a que tanto los bancos como billeteras virtuales, están obligados a informar a AFIP sobre los movimientos de todos sus clientes, sobre todo cuando estos realizan un depósito de una cantidad importante de dinero.
Esto incluye depósitos, transferencias, extracciones, saldos de cuenta y plazos fijos.
Qué sucede si supero este límite
Esto puede ser de gran interés para aquellos que se manejan dentro de la economía informal, ya sea porque trabajan en negro para terceros o porque no estén facturando sus servicios como monotributistas y reciban sus ingresos en la cuenta bancaria.
Si en cambio una persona está trabajando en relación de dependencia o bien, de manera autónoma y esté registrado como monotributista, sus ingresos están justificados y no deben abonar multas ni dar mayores explicaciones a menos que reciban una cifra de dinero que no esté dentro de sus ingresos (puede ser por la venta de un vehículo o algún otro bien). En caso de superar el límite de $200.000 en la tarjeta de débito, AFIP le exigirá a la entidad bancaria que el titular justifique ese ingreso de dinero. Como ya mencionamos antes, algunos usuarios no requieren de justificación, pero los que trabajan de manera informal, sí. De esta manera el banco le pedirá al cliente documentación respaldatoria, la cual puede ser un recibo de sueldo, recibo de haberes jubilatorios, o inclusive un certificado de ingresos emitido por un contador público, para justificar las transacciones.
Si bien AFIP no puede congelar las cuentas bancarias, sí puede emitir una multa o inclusive iniciar acciones legales. A través de la resolución 4298, AFIP indica que las entidades comprendidas en la Ley N° 21.526 deberán informar las altas, bajas y modificaciones que se produzcan dentro de cada mes sobre las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales. Además deberán informar sobre los consumos con tarjetas de débito en el exterior, realizados por el titular, las cobranzas de cheques por honorarios profesionales emitidos por juzgados u organismos del Poder Judicial y los datos identificatorios de los sujetos intervinientes en las operaciones aludidas en los incisos precedentes.
fuente:urgente24