La medida fue publicada en la Resolución 428/2024 del Boletín Oficial e indica, entre otras cosas, que para realizar su trabajo los agentes a cargo podrán utilizar inteligencia artificial.
Hay dos artículos que generan polémica. El monitoreo estará a cargo de las fuerzas policiales y de seguridad federales y la decisión se publicó en el Boletín Oficial.
“Estos dos incisos son muy discrecionales, porque le da un enorme poder al ministerio en cuestión de decidir cuándo algo es judicializable y cuándo no”, manifestó. Y en el inciso B del artículo segundo establece que serán punibles ”amenazas y otras formas de intimidación o coacción”. Además, se estipula una posible penalización de amenazas de difusión de imágenes que puedan conformar delitos sexuales. “El inciso B del artículo segundo es muy discrecional. Para los otros casos, como amenazas de difusión de imágenes, tendría que haber una denuncia previa”. El abogado destacó, sin embargo, que el resto de la resolución en líneas generales está bien.
Para la ministra Bullrich, los eventuales delitos a encontrar son: “Venta o permuta ilegal de armas por Internet. Venta o permuta de artículos cuyo origen, presumiblemente, provenga de la comisión de un acto o de un hecho ilícito. Hechos que presuntamente se encuentren vinculados con la aplicación de la Ley Nº 23.737. Difusión de mensajes e imágenes que estimulen o fomenten la explotación sexual o laboral, tanto de mayores como de menores de edad, y que prima facie pareciera estar vinculados con la trata y tráfico de personas. Hostigamiento sexual a menores de edad a través de aplicaciones o servicios de la web. Venta o permuta de objetos que, presumiblemente, hayan sido obtenidos en infracción a las disposiciones aduaneras”.
También detalla que se utilizará para la búsqueda de personas desaparecidas y extraviadas, así también como la de personas que escaparon de la Justica.
La resolución aclara que “Las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales no podrán acumular información recabada con motivo de las investigaciones previas realizadas y, una vez concluida la actividad preventiva o decidida la no judicialización, deberá destruirse el material y datos obtenidos”.
En este sentido hace referencia a que el monitoreo no podrá interferir con la libertad de expresión de las personas que se encuentra garantizada por la Constitución Nacional. Además se indicó que los efectivos a cargo del ciberpatrullaje recibirán capacitaciones en los procedimientos, herramientas y metodologías para respetar los principios establecidos en la norma.
fuente:nuevodiario