AFIP actualizó los límites para declarar información personal en compras con y sin tarjeta. Los consumidores tendrán este margen sin necesidad de dar sus datos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) intensificó sus medidas de control fiscal, actualizando los montos a partir de los cuales los comerciantes deben informar los datos personales de los consumidores. De esta manera buscan prevenir la evasión fiscal y reforzar el control sobre la emisión de comprobantes, un movimiento que impacta tanto a los comerciantes como a sus clientes.
AFIP: piden datos personales en compras superiores a partir de este monto
La AFIP estableció nuevos límites para la obligatoriedad de declarar los datos personales de los consumidores en ciertas compras. Estos montos varían según el medio de pago utilizado:
Compras con tarjeta de crédito, débito o medios electrónicos: si realizas una compra utilizando tarjetas de crédito, débito, medios electrónicos como QR, o tarjetas prepagas no bancarias, y el monto total iguala o supera los $344.488, el comerciante estará obligado a registrar y reportar tus datos personales a la AFIP.
Compras en efectivo: para las transacciones realizadas en efectivo, el umbral es menor. Si la compra alcanza o supera los $172.244, el comerciante deberá también informar tus datos al organismo fiscal.
Qué datos personales pide la AFIP
Si tu compra supera los montos mencionados, la AFIP requiere que el comerciante recabe y declare la siguiente información del consumidor:
Apellido y nombre completo.
Domicilio.
Número de documento (DNI, LE, LC, Pasaporte o CI).
CUIT, CUIL o CDI, en caso de corresponder.
Esta medida es parte de un esfuerzo más amplio de la AFIP para mejorar la transparencia y combatir la evasión fiscal. Con estos cambios, la entidad busca asegurar que las transacciones comerciales estén debidamente documentadas y que se cumplan las obligaciones tributarias correspondientes.
FUENTE:URGENTE24