viernes, marzo 13, 2026
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Empresarios TODO – Trabajadores NADA


La reforma laboral del gobierno de Javier, que ya tiene la aprobación del senado despoja a los trabajadores de derechos básicos y los sume en una cuasi – esclavitud.
     Los principales puntos aprobados en la reforma , que ahora pasa para su definicion a la Camara de Diputados pero que ya aprobaron los senadores obtuvo 42 votos a favor y 30 rechazos son:

  • .-La reforma, que se aprobó recientemente en el Senado habilita la reducción salarial cuando, tras una enfermedad o accidente, el trabajador queda con una incapacidad que le impide retomar sus tareas habituales. Hasta hoy, la ley prohíbe expresamente rebajar el salario, pero esta reforma permite ajustar categoría, jornada y remuneración.
  • El nuevo esquema deja atrás el sistema actual, que garantiza el 100% del salario durante la licencia, y establece un pago parcial en la mayoría de los casos. La remuneración dependerá de si la enfermedad o el accidente fue consecuencia —o no— de una conducta voluntaria y consciente del trabajador frente a un riesgo conocido.
  • En ese sentido, el artículo 208 del proyecto de Ley con media sanción señala lo siguiente: “En caso de sufrir un accidente o una enfermedad que no sea consecuencia de la prestación de tareas derivadas del contrato de trabajo, y que impida dicha prestación, el trabajador tendrá derecho a percibir el 50% de su remuneración básica que perciba al momento de la interrupción de los servicios si la imposibilidad de trabajar fuera producto de una actividad voluntaria y consciente del trabajador que implicara algún riesgo en la salud durante un período de tres meses si el trabajador no tuviera personas legalmente a su cargo, o de seis meses si las tuviera».
  • Asimismo, indica que si la enfermedad reaparece algún tiempo después de padecida, «no será considerada una enfermedad distinta, salvo que se manifestara una vez transcurridos los dos años”. “Si la imposibilidad de trabajar no fuera producto de una actividad voluntaria y consciente del trabajador sobre el riesgo en la saludpercibirá el 75% de tal remuneración, en cualquier caso, durante el mismo periodo de tiempo dispuesto en el párrafo precedente”, agrega.
  • .- Flexibilización del despido: se modifica la base de cálculo de las indemnizaciones al excluir conceptos no habituales como vacaciones o aguinaldo, reduciendo el costo final para los empleadores.
  • .- Fondo de cese laboral: se crea un sistema financiado por aportes patronales mensuales para cubrir eventuales despidos, reemplazando parcialmente el esquema indemnizatorio tradicional.
  • Vacaciones y jornada laboral: se habilita el fraccionamiento de las vacaciones y se incorpora un “banco de horas” que permite extender la jornada hasta 12 horas diarias.
  • .- Negociación colectiva más débil: se priorizan los acuerdos por empresa por sobre los convenios sectoriales, una característica central del modelo chileno.
  • .- Restricciones al derecho de huelga: se amplían los mecanismos para garantizar la continuidad productiva durante los conflictos, limitando tanto las medidas de fuerza como la actividad sindical.

Cuando el mundo avanza hacia una reduccion de la jornada laboral, como lo aprobado recientemente en Mexico y los paises escandinavos, Argentina vuelve atras en lo que realmente importa y que es la redistribucion de la riqueza, quedando si esta reforma se aprueba como salio del senado en todo para uno y nada para muchos.

JUAN RIVADENEIRA

editor

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