El secretario de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior, Adrián Pérez, expondrá el martes próximo ante un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados los alcances del proyecto de Gestión de Intereses, que busca regular la actividad de “lobby” con el fin de favorecer el control de los ciudadanos sobre la gestión de los tres poderes del Estado.
La iniciativa tiene como objetivo promover mecanismos que fomenten una mayor transparencia en la relación público-privada y mejorar el control de la ciudadanía sobre la actividad de los funcionarios públicos
En el proyecto de ley se establece la obligatoriedad de los funcionarios de los tres poderes a llevar un registro público de sus audiencias, citando nombre, cargo de los visitantes y los temas allí tratados.
Adrián Pérez se presentará ante las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General, que presiden los macristas Pablo Tonelli y Daniel Lipovetzky, respectivamente.
El proyecto tiene como antecedente el Decreto N° 1172 del 3 de diciembre de 2003 por el que se regula, entre otros aspectos, el acceso a la información pública en general, el cual se aplica a todo organismo que funcione bajo la órbita del PEN. Pero al tratarse de un decreto, todas las herramientas que brinda se limitan al ámbito del Ejecutivo Nacional. Por eso es que el proyecto de ley que acaba de enviar el Gobierno al Parlamento busca ampliar el campo de acción en la materia y prever controles y estándares mínimos para que la actividad, al tiempo que contribuya a mejorar el proceso de toma de decisiones estatales, se realice con el más alto grado de transparencia posible, establece el proyecto.
El mismo prevé un mecanismo de circulación y examen de antecedentes, por el cual los agentes gubernamentales de cualquiera de los tres poderes y los ciudadanos en general tendrán acceso a la información relevante y necesaria, y la consecuente participación en el proceso de decisión.
El proyecto define a la gestión de intereses como “toda actividad destinada a influir sobre el proceso de toma de decisiones de quien ejerce una función pública”, a favor de “un interés propio o ajeno, sea de modo remunerado o gratuito, habitual u ocasional, planificado o incidental”.
Quedarían excluidos del régimen “las audiencias solicitadas por personas humanas por asuntos privados, excepto que involucre intereses económicos de importancia tal que pueda resultar de interés público; las entrevistas laborales y las de solicitud de asesoramiento técnico a personas humanas o jurídicas, y las audiencias solicitadas por funcionarios públicos o por diplomáticos de Estados extranjeros en ejercicio de sus funciones oficiales; como así también enunciar los sujetos obligados por la medida dentro de cada uno de los poderes del Estado y de los Ministerios Públicos”.
FUENTE: ELPARLAMENTARIO