El Gobierno Nacional enviará al Congreso un proyecto denominado “Ley de Transparencia en la Facturación de Servicios Públicos Esenciales”. Prevé sanciones a quienes incumplan con su articulado.
El Gobierno Nacional enviará en las próximas horas un proyecto de ley al Congreso con el que pretende eliminar los cargos provinciales y municipales en las boletas de tarifas de electricidad, gas y agua que llegan a los hogares de todo el país. La iniciativa, que cuenta con 13 artículos, prevé sanciones a quienes incumplan con su articulado.
El punto central de la “Ley de Transparencia en la Facturación de Servicios Públicos Esenciales” es el artículo seis, que establece: “las facturas de los servicios públicos esenciales deberán contener exclusivamente los cargos por el consumo realizado por el usuario, calculado según el cuadro tarifario vigente al momento de la facturación, más los cargos por mayor consumo y subsidios si correspondiere, incluyendo IVA e Ingresos Brutos si correspondiere también”.
El artículo siete, en tanto, exige que “no se podrá incorporar a la facturación cualquier otro cargo, tasa o concepto ajeno a los expresados” en el párrafo anterior.
Además, para asegurar que el contribuyente pague sólo por lo que consume, el artículo octavo señala: “el usuario podrá hacer uso del derecho de pagar sólo el monto que totalicen los conceptos previstos en el artículo seis, imputándose válido el pago del servicio público en cuestión”.
Las sanciones ante el incumplimiento de la ley irán en forma creciente en el siguiente orden: apercibimiento, multa equivalente a multiplicar en 10 a 10 mil veces el monto facturado indebidamente o la pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.
En busca de apoyo
Además de invitar a las provincias, incluyendo a sus municipios, y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la ley, el proyecto al que tuvo acceso la agencia de noticias Télam subraya que el objeto es garantizar el derecho constitucional de los usuarios y consumidores a recibir una información adecuada, veraz y precisa relativa al consumo de los servicios públicos esenciales.
Más allá de la adhesión provincial, la iniciativa aclara que se trata de una ley de “carácter público nacional, siendo sus normas de carácter federal”.
Finalmente, la autoridad de aplicación, o sea el Poder Ejecutivo Nacional, deberá notificar a los sujetos obligados dentro de los veinte días posteriores a su promulgación.
fuente: la gaceta