Rechazan planteos del senador y de Edmundo Jiménez, quienes criticaron preguntas de las partes.
“Es una situación muy grave”, comenzó diciendo ayer el juez Dante Ibáñez. “Estos testigos contestaron expresamente que se adherían al artículo 230 (del Código Procesal Penal de Tucumán -CPPT-) y al privilegio de responder por escrito. Ahora, con lo que acabo de ver, ni siquiera quieren hacerlo de esa forma. Para este magistrado es muy grave cuando cualquier persona, sea quien sea, quiere estar por encima de la ley. Es más, me parece una actitud obstruccionista, dilatoria e impropia del funcionario de alta jerarquía que desempeñan ambas personas”, añadió en plena audiencia el integrante de la Sala III en lo Penal, para sustentar su oposición a las presentaciones de José Alperovich y de Edmundo Jiménez.
El senador y el ministro Público Fiscal se negaron, casi con los mismos fundamentos, a responder los cuestionarios escritos y enviados por las partes, en el marco del juicio oral por el crimen de Paulina Lebbos y posterior encubrimiento del hecho. Incluso, ambos presentaron un recurso de Reposición, es decir, solicitaron que se revea la decisión del Tribunal de contestar durante el proceso como testigos y en documentos.
Sin embargo, la Sala III, integrada por Carlos Caramuti (presidente), Ibáñez y Néstor Macoritto, rechazó por unanimidad las solicitudes, por lo que Alperovich y Jiménez deberán responder dentro de 48 horas a los interrogatorios relacionados al crimen de la estudiante y el encubrimiento.
En sus presentaciones, el ex gobernador y su ex ministro de Gobierno remarcaron que las preguntas resultaron “claramente impertinentes” y que “no esclarecían el hecho investigado”, es decir, el homicidio y las “intencionales” modificaciones de las pruebas. Alperovich, en particular, enfatizó que el representante del imputado Eduardo Di Lella, Gustavo Morales, realizó preguntas sobre “sus familiares, siendo un interrogatorio impertinente y pudiendo agravar el buen nombre y honor” de los integrantes del núcleo familiar.
“Es la conducta que han mantenido en estos 12 años. Han sido funcionales a la protección de los asesinos de Paulina (…) Ahora, siguen con esa maniobra de impedir que se llegue a la verdad. No sólo no quieren venir a declarar personalmente, sino que pretenden elegir las preguntas”, expresó Alberto Lebbos, padre de la joven asesinada en febrero de 2006.
El querellante manifestó que los escritos de los testigos “representan una falta de respeto a los jueces, a las partes, al pueblo tucumano y a Paulina”. “Deben venir a declarar para dar el ejemplo, y decir la verdad. Qué autoridad moral puede tener el jefe de los fiscales ahora y frente a las personas que deben dar testimonios en diferentes causas”, agregó.
El ex gobernador y el ex ministro de Gobierno coincidieron en impugnar los interrogatorios de la querella y de la defensa de Di Lella, de manera puntual.
Jiménez hizo hincapié en su presentación en que el cuestionario de la defensa del ex secretario de Seguridad, “está direccionado en un sentido distinto”. “El interrogatorio ofrecido por esta defensa técnica -la única parte que pretende mi citación, por cuanto la querella jamás requirió mis dichos a lo largo de la causa- en nada se relaciona con el objeto del proceso y de la imputación que se le formula. Es más, aquél está claramente dirigido a causar impacto mediático y escándalo institucional”, señaló en el documento oficial.
Las preguntas
Alperovich, en caso, cuestionó preguntas que se refirieron “a la supuesta reunión del 19 de abril” con el fiscal Alejandro Noguera y Alberto Lebbos, y si en ella participó también su esposa Beatriz Rojkés. Además, le consultaron si sabía que su secretario privado, Alberto Kaleñuk, tenía una casilla en la zona de El Cadillal.
El jefe de los fiscales, en cambio, cuestionó las preguntas referidas a que si tenía relación comercial, o algunos de sus hijos, con el entonces interventor de la Mutualidad provincial, Víctor Deiana, entre otras.
En diciembre último, la Sala III hizo lugar de manera parcial al planteo de anticonvencionalidad del artículo 230 del CPPT, que considera el beneficio de los fueros por ocupar cargos públicos. Los jueces remarcaron, sin embargo, que los testigos deberán comparecer a la audiencia en caso de que alguna de las partes necesite realizar preguntas aclaratorias o “suplir eventuales omisiones” en las contestaciones.
Ante el pedido de algunas de esas partes intervinientes en el proceso penal, se dispuso que, además Alperovich y Jiménez, responda Noguera (ya lo hizo), entre otros.
fuente: los primeros