La medida fue adoptada hoy por el Juzgado de Instrucción Conclusional I del Poder Judicial de Tucumán. La defensa del Legislador pedía que la causa fuera archivada.
El Poder Judicial de Tucumán, Centro Judicial Capital, a través del Juzgado de Instrucción Conclusional I, por medio de las actuaciones N°: 35376/2020 H101535918826, sobre la causa “A.M.J. s/ SU DENUNCIA – INTEGRIDAD SEXUAL. F.H.: – 06/06/2020 – Exte: 35376/2020.- Dep. Policial: DIVISION DELITOS CONTRA LA PERSONA”, resolvió hoy, 30 de marzo, “no hacer lugar al pedido de archivo de la presente causa, formulado por el letrado Juan Colombres Garmendia, en representación del denunciado Ricardo A. Bussi (artículos 75, inciso 12, de la Constitución de la Nación Argentina; y 87/88 del Código Procesal Constitucional de Tucumán)”.
La noticia, que fue anticipada por el periodista de Los Primeros, Ángel Rafael Suárez, tendrá fuertes implicancias a nivel político en la provincia en los próximos días, dado que el involucrado es un referente opositor, que lidera el partido Fuerza Republicana. El legislador, tiempo atrás, esgrimió ser víctima de una persecución política y judicial.
En el documento legal, se lee: “NO HACER LUGAR al planteo de insubsistencia de la acción penal formulado por el letrado Juan Colombres Garmendia, en representación del denunciado Ricardo A. Bussi (artículos 75, inciso 22, de la Constitución de la Nación Argentina; 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos; y 9.3 y 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos).
3. ORDENAR la clausura de la investigación sumaria dispuesta en autos (artículo 14, primera parte, Código Procesal Penal de Tucumán – Ley 6203).
4. SOLICITAR a la Honorable Legislatura de Tucumán, por intermedio de su Presidente, que disponga el DESAFUERO del legislador Ricardo Argentino Bussi, DNI Nº 17.000.527, nacido el 24 de abril de 1964, de profesión abogado, con domicilio conocido en Barrio Cerrado Reserva Privada de los Cerros, Yerba Buena, en virtud de las consideraciones de hecho y de derecho expuestas en la presente sentencia. Acompáñese, a fin de posibilitar el cotejo de las actuaciones, el correspondiente link de acceso al expediente Nº 35376/2020, así como a la totalidad de las incidencias tramitadas en relación al mismo, con excepción del Incidente Nº35376/2020-J8, por estar referido a la consigna policial y la incorporación al Régimen de Protección de Testigos de la denunciante en autos (artículos 64, de la Constitución de la Provincia de Tucumán; y 14, primer párrafo, del Código Procesal de Tucumán – Ley 6203)”.
La medida
La decisión judicial fue adoptada a raíz de que “en fecha 21 de febrero, el letrado Juan Colombres Garmendia, en representación del denunciado Ricardo A. Bussi, efectuó una presentación solicitando ‘….se disponga el archivo de las presentes actuaciones…’, invocando la última parte del artículo 14 del Código Procesal Penal (ley 6203). DECLARAR LA INCONSTITUCIONALIDAD del artículo 14, primer párrafo, última parte, del Código Procesal Penal de Tucumán (ley 6203), cuyo texto dice: La investigación sumaria no podrá exceder de dos (2) meses, bajo pena de caducidad”
El hecho
Ricardo Bussi, hijo del dictador Antonio Bussi, legislador provincial de Fuerza Republicana, fue denunciado por abuso sexual en 2020. La mujer, de 26 años, hizo la denuncia en la Justicia tucumana ante la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Integridad Sexual. Lo que dijo ante la fiscalía de María del Carmen Reuter es que en los primeros días de mayo del 2020 Bussi abusó sexualmente de ella en el despacho que él tiene en la Legislatura.
FUENTE:LOSPRIMEROS