El titular de la organización, Guillermo Ocampo, habló con Cadena 3 y expresó que quien obtenga un beneficio por el uso de una canción, debe pagar por ese derecho.
El ministro de Regulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció este miércoles las modificaciones en la ley de propiedad intelectual que benefician a hoteles, alojamientos turísticos y salones de fiesta, quienes ya no deberán pagar a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (Sadaic) por la reproducción de música en sus espacios.
La noticia fue recibida con entusiasmo por los propietarios de salones de fiesta. Sin embargo, desde Sadaic la consideraron “una agresión” a los compositores, según dijo su director general, Guillermo Ocampo, a Cadena 3.
“Nos parece una medida de agresión a los autores y compositores los privan de cobrar sus derechos en algunos, pretenden que no cobren derechos por uso de órdenes musicales en algunos lugares en particular. No hay una razón que justifique esta pretensión, las tarifas de Sadaic nunca influyeron en la vida económica de la Argentina de modo tal que es inexplicable que el Poder Ejecutivo haya lanzado un decreto de este tipo ahora”, opinó Ocampo.
La medida, publicada en el Boletín Oficial, generó confusiones sobre su aplicación. Ocampo aclaró que, aunque no se cobrará a los salones de fiesta, esto no significa que las familias que organicen eventos no verán reflejado ese costo en el precio total. “El dueño del salón tiene que pagar, es lo que dice el decreto. Cuando uno alquila un salón, el salón también en sus costos le pasa lo que son los costos de luz, de agua e impuestos municipales”, explicó.
También indicó que el artículo 35 del decreto, en su segundo párrafo, dice que cuando una persona en forma accidental o permanente obtiene un beneficio económico directo o indirecto por el uso de una obra artística tiene que pagar un derecho de remuneración.
“El que alquila el salón está alquilando con música incluida y está obteniendo un beneficio directo por el uso de esa música así que él tiene que pagar”, remarcó.
Respecto a la utilización de música en salones de hoteles, Ocampo explicó dos situaciones. “Están, por un lado, los televisores en los cuartos y, por otro, la música en los lugares comunes. Siempre hubo una discusión respecto a si se tenía que pagar por los televisores que comunicaban al público programas que contenían música en los cuartos”, dijo.
Y añadió: “Los hoteles dijeron, y no solamente en la Argentina, sino que lo dicen en otras partes del mundo, que ellos no deberían pagar derechos de autor en esa situación. Puede ser o no acertado, pero en Europa se decidió que los hoteles tienen que pagar derechos por los televisores en los cuartos. Acá en América Latina también decidió que la música en el cuarto de los hoteles hay que pagarla porque los cuartos de los hoteles son un lugar público y también tienen que pagar por esos televisores”.
“Nadie tiene obligación de usar música, no le imponemos el uso de música a nadie. Lo que sí decimos es que, si usa música y hace comunicación de esa obra musical, tiene que pagar los derechos. Entonces, me parece que acá hay un error conceptual importante”, resaltó.
En ese sentido, dijo que el decreto de Sturzenegger no hace totalmente gratuita el uso de música en los lugares privados como un salón de fiesta.
“El propio decreto establece que, si hay un resultado económico directo o indirecto de esa actividad, tiene que pagar un derecho de remuneración a los autores a los derechos abiertos de los autores. Eso lo dice claramente el artículo, lo que no está exento bajo ningún aspecto es la onerosidad cuando hay onerosidad”.
Ocampo concluyó que Sadaic ejercerá su derecho de manera judicial si es necesario, buscando aclarar la situación con los dueños de los negocios que pretenden no pagar. “Si hay un resultado económico directo o indirecto de esa actividad, tiene que pagar un derecho de remuneración a los autores”, concluyó.
fuente: cadena3